¿Alguna vez te has preguntado si puedes ejercer tu profesión en España? o ¿En qué consiste la homologación de título extranjero? En este artículo te otorgamos la información adecuada y las gestiones imprescindibles para lograr la homologación de tu título para que, de esta manera, te encuentres habilitado para ejercer tu profesión. Te adelantamos que no todos los títulos profesionales necesitan ser homologados para poder ejercer la profesión.
¿Qué es la homologación de títulos profesionales?
La homologación de títulos profesionales implica que la autoridad competente, el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, evalúe el título extranjero, el plan de estudios y el certificado de asignaturas para darle reconocimiento al título académico extranjero el correspondiente al español.
Definición de otros términos:
Nos parece interesante definir algunos conceptos. Así, entendemos por título, aquel documento acreditativo de la superación de un ciclo de estudios en el marco de un determinado sistema educativo. Por ejemplo, el título de haber finalizado tu enseñanza secundaria obligatoria o, el título de haber finalizado tu enseñanza universitaria o técnica. Por su parte, este título será extranjero cuando se haya realizado bajo el marco de un sistema educativo fuera del territorio español, o dentro del territorio español bajo un régimen diferente al español. Por ejemplo, el título de médico que se haya obtenido bajo el marco del sistema educativo chileno.
Como puedes ver, no tiene nada que ver con la nacionalidad del estudiante, ya que el estudiante podría ser de nacionalidad española, sin embargo, podría haber estudiado en un marco de sistema educativo diferente al del español.
Entonces … ¿Puedo ejercer la profesión que acredita mi título extranjero?
La homologación de título será obligatoria para ejercer aquellas profesiones que se encuentran reguladas en España. Las profesiones reguladas en España son las que te indicamos en el siguiente listado:
- Médico
- Veterinario
- Enfermero
- Fisioterapeuta
- Dentista
- Farmacéutico
- Logopeda
- Óptico- optometrista
- Podólogo
- Terapeuta Ocupacional
- Psicólogo General Sanitario
- Nutricionista
- Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos
- Ingeniero de Minas
- Ingeniero Industrial
- Ingeniero Agrónomo
- Ingeniero Aeronáutico
- Ingeniero de Montes
- Ingeniero Naval y Oceánico
- Ingeniero de Telecomunicaciones
- Arquitecto
- Arquitecto Técnico
- Ingeniero Técnico de Minas
- Ingeniero Técnico de Obras Públicas
- Ingeniero Técnico Agrícola
- Ingeniero Forestal
- Ingeniero Técnico Naval
- Ingeniero Técnico Industrial
- Ingeniero Técnico de Telecomunicaciones
- Ingeniero Técnico de Topografía
- Ingeniero Técnico Aeronáutico
- Maestro de Educación Infantil
- Profesor de Educación Secundaria obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas
- Abogado
- Procurador de los Tribunales
Documentación que deberás adjuntar:
La documentación podría variar según la profesión que se busca homologar.
- Documentación de identidad
- Título / diploma
- Certificado de notas
- Plan de estudios
- Acreditación del pago de la tasa
Para estudios realizados en el área de salud deberás adjuntar además una certificación de ejercicio profesional de al menos 3 años dentro de los últimos 5 años, en caso de que tu título posea 6 o más años de antigüedad.
Todos los documentos deben estar correctamente legalizados.
Procedimiento para homologar un título extranjero en España
- Crea tu usuario en la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Debes crearlo con tu documento de identidad (NIE, pasaporte, otro).
- Paga la tasa del modelo 790-107
- Desde España: pago telemático, transferencia o pago presencial en Banco;
- Desde el extranjero: transferencia al Banco de España (indicar en el asunto el nombre del solicitante)
- Rellena la solicitud con todos los datos del solicitante y el nombre del título que deseas homologar
- Adjunta la documentación solicitada y el justificante de abono de la tasa que pagaste (señalada en el punto 2.)
- Envía tu solicitud y guarda el justificante de la misma.
¿Por qué realizar mi homologación de título con Relocate Abogados?
Si bien este procedimiento puedes realizarlo sin la representación de un abogado o un gestor administrativo, escoger a nuestro equipo para realizarlo te traerá los siguientes beneficios:
- Realizaremos las legalizaciones y/o las apostillas de cada documento, sin necesidad que tengas que desplazarte a ningún lugar.
- Obtenida la documentación prometemos que en un máximo de 15 días hábiles tu expediente de homologación estará iniciado.
- Te enviaremos el justificante de haber iniciado el trámite y nos mantendremos atentos a realizar todo tipo de seguimiento.
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Relocate Abogados.